| Objeto: | Actuación orientada a la convocatoria en régimen de Concurrencia Competitiva de contratos pre-doctorales para la formación de Doctores, bajo la modalidad de contrato predoctoral, del Personal Investigador en Formación en la Universidad de Cádiz que deseen realizar una Tesis Doctoral asociada a un proyecto de investigación bajo la tutela o dirección del Investigador Responsable del mismo. Los proyectos serán definidos por la Comisión de Investigación en función de las actuaciones del presente plan propio, y se publicarán en BOUCA en el momento del lanzamiento de la convocatoria. Estos proyectos podrán ser los siguientes:
1. Proyectos de investigación financiados del plan estatal en su convocatoria Retos y Excelencia que, habiendo solicitado un contrato predoctoral, no lo hubieran recibido en la resolución.
2. Proyectos de investigación asociados a investigadores beneficiarios del programa Ramón y Cajal que se incorporen a la Universidad de Cádiz, o que hayan sido beneficiarios del mencionado programa, y que se incorporen como profesores dentro de la tasa del 15% a la Universidad de Cádiz.
3. Todos aquellos proyectos de investigación que a consideración de la comisión de investigación, y en virtud del marco presupuestario y normativo del presente plan o de programas externos, puedan desarrollarse en la Universidad de Cádiz y requieran la incorporación de un investigador predoctoral.
A su vez, la convocatoria tiene por objeto financiar la contratación laboral, durante un periodo de orientación posdoctoral (en adelante POP) de un año de duración, de aquellos doctorandos que obtengan el título de Doctor con antelación al inicio de la última anualidad del contrato, y cumplan los requisitos descritos en el anexo que incorporará en el momento de la convocatoria, como ANEXO III, la Comisión de Investigación.
La convocatoria está orientada a la consecución de la Tesis Doctoral, con la posibilidad de un año más adicional de carácter posdoctoral, en caso de que la Tesis Doctoral se defienda en su tercera anualidad.
Se convocan tantos contratos como proyectos de investigación acuerde la Comisión de Investigación en el momento del lanzamiento de la convocatoria. Esta convocatoria será resuelta en régimen de concurrencia competitiva, y aplicando los principios de publicidad y objetividad. En todo caso, la concesión de subvenciones queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la Resolución, conforme a lo que determina el artículo 56.2 del Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, General de Subvenciones
El Personal Investigador en Formación podrá colaborar, con fines formativos, hasta un máximo de 60 horas por curso académico durante la fase predoctoral en los tres últimos años de contrato o hasta un máximo de 80 horas por curso en el periodo posdoctoral, en las tareas docentes de un Departamento universitario, previa autorización, del Investigador responsable, del Departamento y del Vicerrectorado competente en Ordenación Académica. En ningún caso las tareas docentes podrán desvirtuar la dedicación a la finalidad investigadora y formativa de los contratos.
La transición de la etapa predoctoral al periodo de orientación posdoctoral (POP) se basa en los siguientes puntos:
1. Si el investigador en formación defendiera y aprobara su Tesis Doctoral antes del inicio de la última anualidad de la ayuda y cumpliera con los requisitos presentados en el anexo III, la UCA deberá formalizar el correspondiente contrato con este Doctor, en un plazo de veinte días hábiles, computables desde el día siguiente a la comunicación al V.I. de la defensa y aprobación de su Tesis. Los contratos para el POP deberán ser a tiempo completo, de un año de duración, y una retribución conforme al artículo 3.2. Los Doctores deberán presentar, antes de la firma del contrato, justificante de haber abonado las tasas para la expedición del Título de Doctor, un programa de trabajo y actividades para el POP, y la carta de aceptación de un Centro de Investigación extranjero de prestigio.
2. De manera excepcional, si el investigador en formación defendiera y aprobara su Tesis Doctoral dentro de los 6 primeros meses de la cuarta anualidad predoctoral y cumpliera con los requisitos presentados en el anexo III, la UCA formalizará un contrato posdoctoral, con una duración de 6 meses, en los plazos y de la forma que recoge el punto 1 anterior. |
| Requisitos: | Los solicitantes deberán cumplir con los siguientes requisitos:
1. El cumplimiento de los requisitos para participar en el concurso, deberá estar referido siempre a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el período de contratación del respectivo concurso.
2. Encontrarse, en el momento de presentación de la solicitud, admitidas o matriculadas en un programa de Doctorado de la Universidad de Cádiz, o encontrarse matriculados en un Máster Universitario que dé acceso a un programa de Doctorado, siempre y cuando dispongan de una admisión, condicionada a la finalización del mismo, y quedando asimismo condicionado a que cuando se resuelva la convocatoria, estén en disposición de poder matricularse en el citado programa.
3. Nacionalidad. No se exigen requisitos específicos en cuanto a nacionalidad o residencia de los solicitantes para la participación en los concursos. No obstante, la contratación de investigadores extranjeros no comunitarios, quedará en suspenso mientras no obtengan el visado que les autorice para trabajar de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009 de 11 de diciembre (BOE de 12.12.2009) y disposiciones reglamentarias de aplicación.
4. No podrán ser solicitantes quienes hayan iniciado su formación predoctoral con financiación a cargo de otras ayudas destinadas a la misma finalidad, que se hayan otorgado en el marco del Programa de Fomento e Impulso de la Investigación y Transferencia de la Universidad de Cádiz 2016-2017, ni quienes ya estén en posesión del título de Doctor, por cualquier Universidad española o extranjera. Tampoco podrán ser solicitantes quienes hayan disfrutado previamente de un contrato predoctoral por tiempo superior a doce meses. |