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INFORMACIÓN CONVOCATORIA
Organismo:MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Organismo financiador:
  1. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Objeto:Las ayudas para estancias breves y traslados temporales tienen por objeto financiar movilidades para reforzar la internacionalización de la formación científica y capacidad técnica, mediante su incorporación a un centro o grupo de investigación relevante en el ámbito internacional y vinculado al campo científico, técnico o artístico correspondiente al contenido de la tesis doctoral para la que se concedió la ayuda.
Áreas:Todas las áreas
Ámbito:
Requisitos:1)Estancias Breves -Personas que disfruten de una ayuda FPU que hayan completado un periodo igual o superior a nueve meses o hayan completado un periodo igual o superior a nueve meses en becas o ayudas anteriores de naturaleza semejante a la ayuda FPU en cuanto a sus objetivos y su cuantía, y cuyo periodo disfrutado haya sido descontado del cómputo del periodo de duración máxima de la ayuda FPU. -Si estas personas, encontrándose en activo, no cumplieran el requisito anterior, al menos, deberán haber completado nueve meses de estudios en el programa de doctorado en el que se encuentren matriculados. 2)Traslados Temporales -Personas que disfruten de una ayuda FPU que hayan completado un periodo igual o superior a 24 meses de la ayuda FPU. -El máximo número de estancias breves que podrán disfrutarse a lo largo de los cuarenta y ocho meses será de tres y de un traslado temporal, y por un período máximo de 9 meses entre todas ellas, no pudiendo exceder el periodo de vigencia de la ayuda a la FPU. -Entre la conclusión de un traslado o estancia y el comienzo del siguiente deberán transcurrir seis meses. Este plazo es aplicable a las ausencias temporales financiadas por una entidad diferente al Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
Publicado en:B.O.E. http://www.educacionyfp.gob.es/servicios-al-ciudadano/catalogo/estudiantes/becas-ayudas/movilidad/universitarios/fpu-estancias-traslados.html
Fecha Publicación:20/06/2020
Plazos: 22/06/2020-30/09/2020 hasta 30 de septiembre a las 14,30 h.
Fechas de justificación:
Observaciones:El plazo excepcional para la realización de las Estancias breves y Traslados temporales comprende entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.
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