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INFORMACIÓN CONVOCATORIA
Organismo:UNIVERSIDAD DE CÁDIZ - VICERRECTORADO DE POLÍTICA CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA
Organismo financiador:
    Objeto:El objeto de la presente convocatoria es conceder ayudas económicas a los alumnos de Grado, Postgrado y Doctorado de la Universidad de Cádiz para financiar Actividades formativas, apoyando su participación en Congresos, Cursos de formación y otras actividades formativas de interés para su formación.
    Áreas:Todas las áreas
    Ámbito:
    Requisitos:Podrán solicitar estas ayudas los solicitantes que cumplan los siguientes requisitos: A. Los estudiantes de Grado (último año) y Postgrado (máster) de titulaciones de la UCA. En el caso de solicitar ayuda para la participación en Congresos Científicos, el evento deberá contar con publicación en revista científica o libro de actas ISBN y el estudiante deberá ser el ponente principal. B. Los investigadores en formación de la UCA que estén matriculados en cualquier Programa de Doctorado de la UCA, en el curso en el que se realice la actividad con contrato laboral UCA (B1) o sin contrato (B2). En el momento de la solicitud de la ayuda, deberán tener aprobado el plan de investigación por la comisión académica del Programa y no haber defendido su tesis doctoral previamente a la realización de la actividad.
    Publicado en:B.O.U.C.A. https://planpropioinvestigacion.uca.es/2-1-actividades-formativas-del-doctorado-ayudas-para-congresos-cursos-y-otras-actividades/
    Fecha Publicación:17/01/2022
    Plazos: 01/04/2022-15/11/2022
    01/01/2023-15/11/2023
    Fechas de justificación:
    Observaciones:Esta ayuda financiará actividades formativas desglosadas en tres modalidades : - Participación en Congresos Científicos. - Realización de Cursos de formación. - Otras actividades formativas. Las solicitudes serán evaluadas por el Vicerrectorado de Política Científica y Tecnológica y una comisión coordinada de las Escuelas de Doctorado según correspondan a la requisito B1 o B2. El plazo de petición de las ayudas será de 60 días previos a la realización de la actividad y hasta 30 días posteriores a la realización de la misma.
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