UNIVERSIDAD DE CÁDIZ - VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN Y TRANSFERENCIA
Organismo financiador:
Objeto:
Apoyar la financiación de aquellas actividades de investigación y transferencia del conocimiento que, a juicio de la CI, resulten prioritarias y de carácter excepcional y que no sean susceptibles de financiación por parte de otras ayudas contempladas en este Plan Propio.
Áreas:
Todas las áreas
Ámbito:
Requisitos:
Serán beneficiarios de estas ayudas el PDI funcionario o contratado en régimen laboral, en situación de servicio activo. Esto incluye al personal con contrato de investigación, ya sea de alguna convocatoria pública, por el Plan Propio de la UCA, o se trate de personal contratado para el desarrollo de proyectos o contratos de investigación.
En el caso de PSI y PA sólo podrán solicitarse acciones especiales de transferencia del conocimiento.
Estas acciones excluyen aquellas actividades relacionadas con la investigación y la transferencia que se encuentren incluidas en este ‘Plan Propio–UCA 2025-2027’. También se excluye la financiación directa de proyectos de investigación y contratos OTRI. En este sentido, las ayudas solicitadas deberán ser sustancialmente diferentes de las recogidas en el presente Plan Propio.
Sólo podrá concederse 1 ayuda de este tipo por solicitante/año.
Es requisito indispensable que la actividad solicitada no se incluya en otros programas de apoyo y formación de la UCA, y que no esté prevista su incorporación en la misma a corto plazo.
Las solicitudes se presentarán electrónicamente a través de la aplicación WIDI entre el 1 de enero y el 31 de octubre de cada anualidad.
El solicitante presentará a través de la misma aplicación la siguiente documentación:
- Memoria de la actividad a realizar.
- Presupuesto detallado.
En el plazo no superior a un mes tras la realización de la actividad, los beneficiarios deberán aportar, según el caso, la siguiente documentación a través de la plataforma WIDI:
• Memoria de la actividad desarrollada.
• La justificación de la ayuda económica se realizará por el VIT, utilizando para ello un extracto contable de la clasificación orgánica asignada a la misma. En caso necesario, se solicitará al responsable de la actividad financiada la documentación adicional oportuna.